Que poca ¿por que? ¿eres padrote? ¿promueves a menores de edad?
Escrito por ReKchondo, (hace 5385 días) @ FROZEN
...si no es así, no tienes por qué indignarte, ni preocuparte!! Saludos,
Que poca ¿por que? ¿eres padrote? ¿promueves a menores de edad?
Escrito por claudia, (hace 5385 días) @ ReKchondo
y esto en que afecta a las paginas web >soy escort independiente que no alcanza los estandares de esta pagina pero me anuncio en paginas patito y me preocupa
Claudia supongo que tendras que tomar precauciones
Escrito por FROZEN, (hace 5385 días) @ claudia
» La ley nombra tambien a medios electronicos ,en eso a fecta las paginas web,y pues nombra que castiga a quien contrate la publicidad ,solo modera tu anuncio y fotos no sea que vaya a empezar una casa de brujas a lo menso como luego pasa ,pero hay que esperar a que pase el senado .
Analiza un poco mas antes de emitir tus comentarios.
Escrito por FROZEN, (hace 5385 días) @ ReKchondo
Aunque ya se dieron varias opiniones de este tema al momento , me resulta molesto no indignante pues esta ley se ma hace echa sin un estudio profundo sobre el comporta miento humano,dentro de la Psiquiatria y Psicología se ha determinado que el sexo servicio es un mal necesario, ¿Por que > por que hay personas que presentan patrones de alta conducta sexual derivadas de sus necesidades geneticas ,en los casos extremos la ninfomania en mujeres ,se ha estudiado a ofensores sexuales y se ha determinado que sus necesidades son mas altas que el promedio normal,en lugares donde existe el sexo servicio hay una ruta de escape a este tipo de personas ,pero donde no existe esto ,el numero de violaciones es alto y en aumento,esta ley no sataniza todo tipo de publicidad sexual según entiendo y aumenta si es que hay menores de edad involucrados ,en lo cual estoy de acuerdo ,o si se obliga a alguien a ejercerlo contra su voluntad ,lo que me molesta es que satanice como un todo,pero si bien en USA esto ya existe en algunos estados como Texas y es legal en otros como las Vegas , en México esto lo único que sirve mayormente es para extorsionar por parte de la llamada policía ,En texas pues los anuncios deben ser hechos sin poner servicios sexuales solo como de escort damas de compañia y masajes ,sin especificar que habra algun tipo de contacto sexual,asi no se infringre la ley ,los que no dan ese tipo de servicios aclaran tajantemente ( NO SEXO )y los que ponen esa leyenda se infiere que da tal tipo de servicio a unque no lo especifique ,como ya se menciono mas abajo la publicidad se puede contratar en el extranjero y aclarar que solo es para aquellas zonas donde es permitido como los juegos de casino o loteria ,hay vacios que supongo existiran que permitiran saltar esto ,solo que aver si al suceder esto no van contra los que siguen en la lista que ya sabemos quienes son,por eso que poca ,jaja ,pero supongo que tu no tienes de que preocuparte ,saludos
Adios paginas zd, escenmex,mexico baires
Escrito por kratos, (hace 5385 días) @ FROZEN
Ya lei bien, bueno asi no habra agencias segun.
Escrito por kratos, (hace 5385 días) @ kratos
» » http://www.milenio.com/node/670944
»
»
» Y todas las demas>
»
»
» Y ahora como> puras de las meche, table>
Ahora si deberan ponerse al tiro con las agencias las web
BUSCANDO UN POCO MAS INFORMACION DE ESTE TEMA...
Escrito por CARLOS V, (hace 5385 días) @ FROZEN
CREO QUE SI AFECTARA TODAS ESTAS PAGINAS, SOLO ESPERO QUE NO A LOS QUE SOMOS ASIDUIS A ENTRAR, SERIA BUENO QUE EL WEB DIERA UNA RESPUESTA.
Me parece bien que desaparezcan las agencias que se encubren..
Escrito por Antropologo, (hace 5385 días) @ CARLOS V
y realmente son tratantes de personas.. obligan directa o indirectamente a que las chicas se anuncien en sus medios, los que sean. Ha habido muuuchas historias de chicas amenazadas, chantajeadas y hasta maltratas (a veces con el concurso de la misma autoridad) con tal de mantener ese dominio sobre de ellas. Si asi se limita a esos criminales, qué mejor!
Ahora, que afecte a toodas las páginas..mmm creo que eso está por verse. La Internet al ser Omnipresente es muyy complicado limitarla. Solo paises como China y quizás Venezuela se ha intentado con algún éxito. Imaginen que cualquiera puede rentar un espacio de un servidor en, digamos Timbuctu.. y ahí, cómo aplicaría esta Ley> Digo, es una consulta a los abogados siempre dispuestos a beneficiarse con los enredos y conflictos de otros (si por algo un buen de políticos estudiaron Leyes...)
Saludos 
Seria bueno la opinion del Webmaster sobre este tema
Escrito por Telurico (Sin registro), (hace 5385 días) @ FROZEN

Yo opino lo mismo que el Web no retroalimente al respecto y tengo un contacto dentro de un organismo federal el... (continua)
Escrito por mike lora
, df, (hace 5385 días) @ Telurico (Sin registro)
cual me comentaba desde ya hace tiempo que dicho proyecto ya staba por aprobarse y hasta donde el tenia el conocimiento solo era respecto a los anuncios en los periodicos de algun modo estos iban a quedar restringidos.
Es mas si alguno de este foro ah ido ultimamente a BC95 podra ver las cartulinas que menciona que seguirán funcionando previendo esta aprobación que ya no podrán anunciarse y como bien saben solo sera momentaneo, realmente es por taparle el ojo al macho y por aquello de las elecciones federales que se aproximan.
Pero bueno espero que el internet no se vea afectado y es correcto que se preocupen los que tienen anuncios de menores de edad, asi como las agencias que manejan chicas menores.
buen dia y si alguien cuenta con mas info, a retroalimentar, señores....
Tranquilos, tranquilos lean bien "trata"
Escrito por ke kabron
, (hace 5385 días) @ FROZEN
La ley fué aprobada en la cámara de diputados, pasa a la de senadores y después de su segura aprobación en esta última se envía al ejecutivo (lease a FCH), para su publicación y puesta en operación, pero aún y entrando en vigor, se requiere forsozamente se publique el reglamento para su aplicación, vigilancia y observancia, es decir la ley existe pero sin reglamento no puede ser ejecutada.
Va a tardar un poco de tiempo en su aplicación, pero OJO, solo se habla de trata de personas, una chica independiente puede publicar sus anuncios en donde guste hoy y con la nueva ley en aplicación, los medios, prensa escrita, tv, radio e internet, (mb, zd, bd, etc,), tendrán que buscar la forma de garantizar que todas las chicas que anuncian sus servicios en sus páginas, no sean victimas de los tratantes de blancas, y es ahí donde se aplicará el reglamento, que deberá especificar de que forma estos sitios pueden asegurar que no son de tratantes, lo mismo ocurrira en las agencias y spas de sano cogimiento, deberán demostrar que todas las chicas estan ahí por su propia voluntad, como> eso es lo que sabremos pronto.
Tranquilos, solo hay que seguir cogiendo con independientes.
Exacto...
Escrito por ReKchondo, (hace 5385 días) @ ke kabron
...mientras las chicas sean realmente independientes!! (cosa que lamentablemente casi nunca sucede) Aunque sabemos que siempre para un padrote es tan fácil esconderse cómo chofer, empleado, gato o novio de la susodicha!! En fin.
Saludos,
» » www.milenio.com/node/670944
»
» La ley fué aprobada en la cámara de diputados, pasa a la de senadores y
» después de su segura aprobación en esta última se envía al ejecutivo (lease
» a FCH), para su publicación y puesta en operación, pero aún y entrando en
» vigor, se requiere forsozamente se publique el reglamento para su
» aplicación, vigilancia y observancia, es decir la ley existe pero sin
» reglamento no puede ser ejecutada.
»
» Va a tardar un poco de tiempo en su aplicación, pero OJO, solo se habla de
» trata de personas, una chica independiente puede publicar sus anuncios en
» donde guste hoy y con la nueva ley en aplicación, los medios, prensa
» escrita, tv, radio e internet, (mb, zd, bd, etc,), tendrán que buscar la
» forma de garantizar que todas las chicas que anuncian sus servicios en sus
» páginas, no sean victimas de los tratantes de blancas, y es ahí donde se
» aplicará el reglamento, que deberá especificar de que forma estos sitios
» pueden asegurar que no son de tratantes, lo mismo ocurrira en las agencias
» y spas de sano cogimiento, deberán demostrar que todas las chicas estan ahí
» por su propia voluntad, como> eso es lo que sabremos pronto.
»
» Tranquilos, solo hay que seguir cogiendo con independientes.
Si sanciona la publicidad en si ,
Escrito por FROZEN, (hace 5385 días) @ ke kabron
por lo pronto se maneja que es para prevenir y sancionar la trata de personas,por lo que para evitar esto se pretende prohibir anuncios relacionados con comercio sexual,es decir como no se sabe si la persona que es anunciada lo hace bajo su volunta o es obligada ,de esta manera se evitaria que posibles victimas de este fenomeno sean contratadas o explotadas por medio de este tipo de publicidad ,como bien comentas todavia no esta vigente pero hay que mantenerse alertas y no ser sorprendidos ,a eso se refire con lo de trata de blancas ,pero de que pretende qutar o eliminar este tipo de publicidad es algo real,por lo pronto,bien dices habra que esperar su publicacion y reglamentacion,las chicas no se deben dejar sorprender hasta ver el final de esto y su implementacion ,y ojala se apliquen criterios como el que sugieres ,pero´puede o no, que asi sea ,hay que estar a tentos.
Se sanciona la publicación siempre que se demuestre que hay trata...
Escrito por ReKchondo, (hace 5385 días) @ FROZEN
...o promoción de menores de edad. Si no es asi, no es sancionable!! Saludos,
» por lo pronto se maneja que es para prevenir y sancionar la trata de
» personas,por lo que para evitar esto se pretende prohibir anuncios
» relacionados con comercio sexual,es decir como no se sabe si la persona que
» es anunciada lo hace bajo su volunta o es obligada ,de esta manera se
» evitaria que posibles victimas de este fenomeno sean contratadas o
» explotadas por medio de este tipo de publicidad ,como bien comentas todavia
» no esta vigente pero hay que mantenerse alertas y no ser sorprendidos ,a
» eso se refire con lo de trata de blancas ,pero de que pretende qutar o
» eliminar este tipo de publicidad es algo real,por lo pronto,bien dices
» habra que esperar su publicacion y reglamentacion,las chicas no se deben
» dejar sorprender hasta ver el final de esto y su implementacion ,y ojala se
» apliquen criterios como el que sugieres ,pero´puede o no, que asi sea ,hay
» que estar a tentos.
Bueno aver ahi esta el texto aver interpreta
Escrito por FROZEN, (hace 5385 días) @ ReKchondo
Sanciona hasta con 18 años de prisión a quienes contraten y publiquen publicidad de prostitución por cualquier medio de comunicación
para prevenir y sancionar la Trata de Personas, con la que se sancionará hasta con 18 años de prisión a quien contrate publicidad por cualquier medio de comunicación y al que publique los anuncios que busquen promocionar, difundir y FACILITAR esta práctica delictiva.En la exposición de motivos, se explica que los anuncios publicitarios de prostitución constituyen una forma de promoción, difusión y facilitación de la actuación de las redes del crimen organizado.
Por lo anterior, se afirma que estos medios publicitarios fomentan la práctica del delito de trata de personas, la explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos, es decir, la trata de personas.
Se establece que el desarrollo de nuevas tecnologías ha contribuido a acrecentar este problema, toda vez que no existe una prohibición a la publicidad que tenga contenidos pornográficos.
Chiales, pues cómo la mayoría de las leyes tiene ambiguedades...
Escrito por ReKchondo, (hace 5385 días) @ FROZEN
...si quieren defender o chingarse a alguién, tiene doble filo cómo de costumbre!!
» Sanciona hasta con 18 años de prisión a quienes contraten y publiquen
» publicidad de prostitución por cualquier medio de comunicación
» para prevenir y sancionar la Trata de Personas, con la que se sancionará
» hasta con 18 años de prisión a quien contrate publicidad por cualquier
» medio de comunicación y al que publique los anuncios que busquen
» promocionar, difundir y FACILITAR esta práctica delictiva.En la exposición
» de motivos, se explica que los anuncios publicitarios de prostitución
» constituyen una forma de promoción, difusión y facilitación de la actuación
» de las redes del crimen organizado.
» Por lo anterior, se afirma que estos medios publicitarios fomentan la
» práctica del delito de trata de personas, la explotación sexual, los
» trabajos o servicios forzados, la esclavitud, la servidumbre o la
» extracción de órganos, es decir, la trata de personas.
» Se establece que el desarrollo de nuevas tecnologías ha contribuido a
» acrecentar este problema, toda vez que no existe una prohibición a la
» publicidad que tenga contenidos pornográficos.
Si sanciona la publicidad en si ,
Escrito por droid, d.f., (hace 5384 días) @ FROZEN
esto es amigos lo que pasa cuando el yun... digo los politicos conservadores estan al mando...
recordemos que solo el 2% de los delitos en nuestro honorable pais son castigados, sin embargo esto es lo que creo que va a pasar, van a ponerse a chin... fastidiar paginas de contactos como esta y otras, los periodicos economicos se van a ver en aprietos por falta de anunciantes y nuestro faro moral, la polecia va a hacer mas atraco y mordidas, he sabido que por ejemplo, saben donde hay trata de menores, llegan y en vez de meter al tambo al lenon, se dedican alegremente a extorsionar a los clientes, ahora, dale a estos ejemplos de honestidad un arma más para extorsionar.
Un gran problema es que tienes que mostrar que tu anunciada no está poniendo el anuncio bajo ninguna forma de extorsión, y/o aguantarte y dar mordida cuando llegue un tinterillo acusandote de fomentar la trata, las ultimas leyes que han pasado obligan a uno a probar que no sabia de que se trataba la cosa, (como la de extinción de dominio, donde como arrendador de una casa tengo que probar que no sabia que el tipo al que se la rentaba era secuestrador y como chingaos se hace eso)
Se aprobo ley ,que poca .
Escrito por TAURUS DF
, (hace 5385 días) @ FROZEN
Q hay mis keridos foristas,,, antes q otra cosa les comento q no es por presumir ninada asi,,, yo soy Abogado,,, y seguramente en este foro como en otros tantos hay cplegas de profesion q igual tendran una opinion similar a la de un servidor......una vez soltado el choro anterior les comento;
1.-Esta ley todavia no entra en vigor, paso el primer paso q es la camar de dipbriagos ok.
2.- Ahorita esta en la Camara de Senadores en donde seguramente le daran el visto bueno y de ahi pasara con el felipillo pa q se indike a partir de cuando entra en vigor ok,,,, cabe mencionar q esto q les digo,,, ya algun otro colega forista lo meciono muy acertadamente, es q en tal anuncio se E L I Msolo lo reitero pa q les kede mas claro, va.
3.- Bien, una vez q entre en vigor,,, les paso el tip y mencionando nuevamente q otro colega forista lo ha mencionado muy acertadamente,,, lo q tienen q hacer tanto periodicos, como paginas web y kienes contraten EL ANUNCIO, ¡NO¡ A LA CHICA O CHICO segun sea el caso o gusto jajaja, es q en el anuncio se E L I M I N EEEEE LA PALABRA SEXO explicitamente,,,, osea q puede decir servicio de acompañante,, o masaje y punto,,,, tambien deberan de cambiar las fotos o imagenes q se inserten en dichos anuncios,,, esto para no dar pie a q nuestras keridas autoridades de ahi se agarren pa decir q se promueve el comercio sexual por poner a una muñekita enseñando las nalgas,,, ok
4.- con ello y de manera certera y exacata,,, de de ningun modo se promuebe comercio sexual, simplemente un servicio de acompañamiento o masaje,,, al igual q lo ofreceria un doctor un mecanico y hasta nosotros los abogados jajajaja,,, el sol sale para todos.
5.- OOOJJJOOOOO esta ley sanciona a kien publike o a kien contrate el anuncio,,,, no sanciona ni castiga a kienes contratamos el servicio de las chicas o chicos,,, segun sea el caso ok.,,,, no se dejen sorprender.
bueno mis keridos educandos espero no haberlos mareados mucho con este rollo ya q el caso lo amerita y si les surgen algunas dudas aki estamos a la orden....saludos no se me panikeen y sigan teniendo felices brincos.
Bien explicado mi estimado...
Escrito por ReKchondo, (hace 5385 días) @ TAURUS DF
...la tirada es manejarlo cómo en otros paises, asi cómo más soft y no tan explicito!! OK
» Q hay mis keridos foristas,,, antes q otra cosa les comento q no es por
» presumir ninada asi,,, yo soy Abogado,,, y seguramente en este foro como en
» otros tantos hay cplegas de profesion q igual tendran una opinion similar a
» la de un servidor......una vez soltado el choro anterior les comento;
»
» 1.-Esta ley todavia no entra en vigor, paso el primer paso q es la camar
» de dipbriagos ok.
»
» 2.- Ahorita esta en la Camara de Senadores en donde seguramente le daran
» el visto bueno y de ahi pasara con el felipillo pa q se indike a partir de
» cuando entra en vigor ok,,,, cabe mencionar q esto q les digo,,, ya algun
» otro colega forista lo meciono muy acertadamente, es q en tal anuncio se E
» L I Msolo lo reitero pa q les kede mas claro, va.
»
» 3.- Bien, una vez q entre en vigor,,, les paso el tip y mencionando
» nuevamente q otro colega forista lo ha mencionado muy acertadamente,,, lo q
» tienen q hacer tanto periodicos, como paginas web y kienes contraten EL
» ANUNCIO, ¡NO¡ A LA CHICA O CHICO segun sea el caso o gusto jajaja, es q en
» el anuncio se E L I M I N EEEEE LA PALABRA SEXO explicitamente,,,, osea q
» puede decir servicio de acompañante,, o masaje y punto,,,, tambien deberan
» de cambiar las fotos o imagenes q se inserten en dichos anuncios,,, esto
» para no dar pie a q nuestras keridas autoridades de ahi se agarren pa decir
» q se promueve el comercio sexual por poner a una muñekita enseñando las
» nalgas,,, ok
»
» 4.- con ello y de manera certera y exacata,,, de de ningun modo se
» promuebe comercio sexual, simplemente un servicio de acompañamiento o
» masaje,,, al igual q lo ofreceria un doctor un mecanico y hasta nosotros
» los abogados jajajaja,,, el sol sale para todos.
»
» 5.- OOOJJJOOOOO esta ley sanciona a kien publike o a kien contrate el
» anuncio,,,, no sanciona ni castiga a kienes contratamos el servicio de las
» chicas o chicos,,, segun sea el caso ok.,,,, no se dejen sorprender.
»
» bueno mis keridos educandos espero no haberlos mareados mucho con este
» rollo ya q el caso lo amerita y si les surgen algunas dudas aki estamos a
» la orden....saludos no se me panikeen y sigan teniendo felices brincos.
No creo que ser abogado sea motivo para presumir, sino todo lo contrario!!! Por otro lado, escribes como si ni siquiera hubieras terminado la primaria!!!!!
Escrito por Quidoiquis, (hace 5385 días) @ TAURUS DF
» Q hay mis keridos foristas,,, antes q otra cosa les comento q no es por
» presumir ninada asi,,, yo soy Abogado,,, y seguramente en este foro como en
» otros tantos hay cplegas de profesion q igual tendran una opinion similar a
» la de un servidor......una vez soltado el choro anterior les comento;
»
» 1.-Esta ley todavia no entra en vigor, paso el primer paso q es la camar
» de dipbriagos ok.
»
» 2.- Ahorita esta en la Camara de Senadores en donde seguramente le daran
» el visto bueno y de ahi pasara con el felipillo pa q se indike a partir de
» cuando entra en vigor ok,,,, cabe mencionar q esto q les digo,,, ya algun
» otro colega forista lo meciono muy acertadamente, es q en tal anuncio se E
» L I Msolo lo reitero pa q les kede mas claro, va.
»
» 3.- Bien, una vez q entre en vigor,,, les paso el tip y mencionando
» nuevamente q otro colega forista lo ha mencionado muy acertadamente,,, lo q
» tienen q hacer tanto periodicos, como paginas web y kienes contraten EL
» ANUNCIO, ¡NO¡ A LA CHICA O CHICO segun sea el caso o gusto jajaja, es q en
» el anuncio se E L I M I N EEEEE LA PALABRA SEXO explicitamente,,,, osea q
» puede decir servicio de acompañante,, o masaje y punto,,,, tambien deberan
» de cambiar las fotos o imagenes q se inserten en dichos anuncios,,, esto
» para no dar pie a q nuestras keridas autoridades de ahi se agarren pa decir
» q se promueve el comercio sexual por poner a una muñekita enseñando las
» nalgas,,, ok
»
» 4.- con ello y de manera certera y exacata,,, de de ningun modo se
» promuebe comercio sexual, simplemente un servicio de acompañamiento o
» masaje,,, al igual q lo ofreceria un doctor un mecanico y hasta nosotros
» los abogados jajajaja,,, el sol sale para todos.
»
» 5.- OOOJJJOOOOO esta ley sanciona a kien publike o a kien contrate el
» anuncio,,,, no sanciona ni castiga a kienes contratamos el servicio de las
» chicas o chicos,,, segun sea el caso ok.,,,, no se dejen sorprender.
»
» bueno mis keridos educandos espero no haberlos mareados mucho con este
» rollo ya q el caso lo amerita y si les surgen algunas dudas aki estamos a
» la orden....saludos no se me panikeen y sigan teniendo felices brincos.
No creo que ser abogado sea motivo para presumir, sino todo lo contrario!!! Por otro lado, escribes como si ni siquiera hubieras terminado la primaria!!!!!
Escrito por TAURUS DF, (hace 5384 días) @ Quidoiquis
oooooo wey dije q soy Abogado, no perito en caligrafia ni maestro de lectura y redaccion,,,,,, de todos modos entendiste el mensaje no,,,,,, y si no pus imaginate si escribo de la chingada,,, milagros no hago
Tiene razón el plátano TAURUS DF, su puNto quinto es lo que nos debe de interesar, así que no hay de que preocuparse
Escrito por Olaf Ito, (hace 5384 días) @ TAURUS DF
:lol: :lol: :lol:
DA GUSTO LEER A ALGUIEN QUE SI SABE....
Escrito por Amputa Zurdos, (hace 5384 días) @ TAURUS DF
» Q hay mis keridos foristas,,, antes q otra cosa les comento q no es por
» presumir ninada asi,,, yo soy Abogado,,, y seguramente en este foro como en
» otros tantos hay cplegas de profesion q igual tendran una opinion similar a
» la de un servidor......una vez soltado el choro anterior les comento;
»
» 1.-Esta ley todavia no entra en vigor, paso el primer paso q es la camar
» de dipbriagos ok.
»
» 2.- Ahorita esta en la Camara de Senadores en donde seguramente le daran
» el visto bueno y de ahi pasara con el felipillo pa q se indike a partir de
» cuando entra en vigor ok,,,, cabe mencionar q esto q les digo,,, ya algun
» otro colega forista lo meciono muy acertadamente, es q en tal anuncio se E
» L I Msolo lo reitero pa q les kede mas claro, va.
»
» 3.- Bien, una vez q entre en vigor,,, les paso el tip y mencionando
» nuevamente q otro colega forista lo ha mencionado muy acertadamente,,, lo q
» tienen q hacer tanto periodicos, como paginas web y kienes contraten EL
» ANUNCIO, ¡NO¡ A LA CHICA O CHICO segun sea el caso o gusto jajaja, es q en
» el anuncio se E L I M I N EEEEE LA PALABRA SEXO explicitamente,,,, osea q
» puede decir servicio de acompañante,, o masaje y punto,,,, tambien deberan
» de cambiar las fotos o imagenes q se inserten en dichos anuncios,,, esto
» para no dar pie a q nuestras keridas autoridades de ahi se agarren pa decir
» q se promueve el comercio sexual por poner a una muñekita enseñando las
» nalgas,,, ok
»
» 4.- con ello y de manera certera y exacata,,, de de ningun modo se
» promuebe comercio sexual, simplemente un servicio de acompañamiento o
» masaje,,, al igual q lo ofreceria un doctor un mecanico y hasta nosotros
» los abogados jajajaja,,, el sol sale para todos.
»
» 5.- OOOJJJOOOOO esta ley sanciona a kien publike o a kien contrate el
» anuncio,,,, no sanciona ni castiga a kienes contratamos el servicio de las
» chicas o chicos,,, segun sea el caso ok.,,,, no se dejen sorprender.
»
» bueno mis keridos educandos espero no haberlos mareados mucho con este
» rollo ya q el caso lo amerita y si les surgen algunas dudas aki estamos a
» la orden....saludos no se me panikeen y sigan teniendo felices brincos.
Va de nuevo se castiga la trata, no, lean bien, NO LA PROSTITUCION
Escrito por ke kabron
, (hace 5384 días) @ FROZEN
LA PROSTITUCION NO ESTA SANCIONADA EN LA NUEVA LEY
Realmente..........
Escrito por Zacek
, (hace 5384 días) @ FROZEN
» www.milenio.com/node/670944
"atacar" de fondo el problema....es severamente difícil.pues,como bien sabemos,este tipo de publicidad aparece,aún en medios,que NO necesariamente son impresos.:no: desde,que se dió,el auge del internet,y el correo electrónico...ya llegaban este tipo de anuncios a la bandeja de entrada.para nadie,es un secreto que:los anuncios,de tipo sexual y con perfil secreto..llegan a diario.aún de que...seas o NO,consumidor de este tipo de "servicios".entonces,¿qué va a pasar>...pues,nada.que hallarán otros medios(ellos y ellas)para promocionarse y seguir vigentes.¡ja!,el pasquin Gráfico(y otros con esta publicidad)tendrá que buscar,como revertir ingresos,si es que NO quieren perder su derecho de publicación y circulación.
ni modo,Lulu Petite...se íra de la sección dedicada a ella.
de acuerdo
Escrito por droid, d.f., (hace 5384 días) @ Zacek
coincido con tigo, en el grafico y similares deben de estar tronandose los dedos en este momento...
sin embargo, como menciono en el otro post, lo unico que estan buscando es chin... dar la apariencia de que en mexico ya no hay de esas cosas pecaminosas, y darle chance a la chota de pegar otra mordida de vez en cuando, "en un arrojado operativo un valiente uniformado capturó una red de trata, el oficial declara "pus estaba en el baño con el periodico, llame a los clasificados y me contestó una chamaquita que..." "y pus les pedi mordida a todos, ya ve que uno se gana asi la vida""
de acuerdo,Droid...
Escrito por Zacek
, (hace 5384 días) @ droid
» coincido con tigo, en el grafico y similares deben de estar tronandose los
» dedos en este momento...
»
» sin embargo, como menciono en el otro post, lo unico que estan buscando es
» chin... dar la apariencia de que en mexico ya no hay de esas cosas
» pecaminosas, y darle chance a la chota de pegar otra mordida de vez en
» cuando, "en un arrojado operativo un valiente uniformado capturó una red de
» trata, el oficial declara "pus estaba en el baño con el periodico, llame a
» los clasificados y me contestó una chamaquita que..." "y pus les pedi
» mordida a todos, ya ve que uno se gana asi la vida""
de hecho,una de las características,que por desgracia aflora en el mexicano es:"pasarse la LEY,por los hue...¡por el arco del triunfo!.
pues,si recordamos,tiempo atrás...la susodicha ley y registro para celulares...fue un engaño total.ahora,con esta ley...no sería,de extrañarse,que también la den por olvidada,pasado un tiempo.y,sólo esperemos,que NO comience la cacería de brujas.:no: pues,luego se pone "denso" el ambiente.y,muy pesado,con los mentados operativos.¡ojo!:listos y abusados,cuando vayan a lugares y llamen a los anuncios,de diarios.pues...puedes ser el "gancho",para un tres o caer en la trampa y pagarla,sin deberla ,ni temerla.
No se hagan bolas....
Escrito por Fantasmito, (hace 5384 días) @ FROZEN
El delito de trata de personas es sinónimo de explotación sexual, o incluso de otro tipo como trabajos forzados, esclavitud, etc.
Esta ley, sobre todo, tiende a proteger a menores de edad, o personas (en su mayoría mujeres) que aun cuando sean mayores de edad, su voluntad se encuentre viciada por violencia física o moral, como presiones, amenazas, engaño, etc., para obligarlas a prostituirse.
Cómo bien decía por ahi un colega, la prostitución en sí misma no se encuentra prohibida penalmente, sobre todo cuando la persona que la ofrece es mayor de edad y no se encuentra sometida a presiones, amenazas, etc., para ejercer su oficio, como sucede con las chicas que aqui se anuncian.
A continuación les transcribo el artículo 5 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas:
ARTÍCULO 5.- Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga,traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral,
engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos.
Para quienes quieran conocer la ley citada, aquí les dejo el link:
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Federal/PL/CU/Leyes/27112007.pdf
Saludos a todos.
Fantasmito
Ese es mi amigo Fantasmito
Escrito por ke kabron
, (hace 5384 días) @ Fantasmito
Seguramente es usted un ilustre doctor en derecho legal, yo opino lo mismo, esta nueva ley es contra la trata de personas, no contra la prostitución que es nuestro tema favorito y de las chicas que aqui muestran sus atributos.
muy bien master y gracias por la liga de la ley completa.
» El delito de trata de personas es sinónimo de explotación sexual, o incluso
» de otro tipo como trabajos forzados, esclavitud, etc.
»
» Esta ley, sobre todo, tiende a proteger a menores de edad, o personas (en
» su mayoría mujeres) que aun cuando sean mayores de edad, su voluntad se
» encuentre viciada por violencia física o moral, como presiones, amenazas,
» engaño, etc., para obligarlas a prostituirse.
»
» Cómo bien decía por ahi un colega, la prostitución en sí misma no se
» encuentra prohibida penalmente, sobre todo cuando la persona que la ofrece
» es mayor de edad y no se encuentra sometida a presiones, amenazas, etc.,
» para ejercer su oficio, como sucede con las chicas que aqui se anuncian.
»
» A continuación les transcribo el artículo 5 de la Ley para Prevenir y
» Sancionar la Trata de Personas:
»
» ARTÍCULO 5.- Comete el delito de trata de personas quien promueva,
» solicite, ofrezca, facilite, consiga,traslade, entregue o reciba, para sí o
» para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral,
» engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o
» servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud,
» servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
»
» Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho
» años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el
» significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá
» acreditación de los medios comisivos.
»
» Para quienes quieran conocer la ley citada, aquí les dejo el link:
»
» http://www.ordenjuridico.gob.mx/Federal/PL/CU/Leyes/27112007.pdf
»
» Saludos a todos.
»
» Fantasmito
A la orden compañero...
Escrito por Fantasmito, (hace 5384 días) @ ke kabron
Y gracias por tus comentarios. Aún no soy dr. pero quizá en un futuro lo logre jajaja. Saludos bro.
» Seguramente es usted un ilustre doctor en derecho legal, yo opino lo mismo,
» esta nueva ley es contra la trata de personas, no contra la prostitución
» que es nuestro tema favorito y de las chicas que aqui muestran sus
» atributos.
»
» muy bien master y gracias por la liga de la ley completa.
»
»
» » El delito de trata de personas es sinónimo de explotación sexual, o
» incluso
» » de otro tipo como trabajos forzados, esclavitud, etc.
» »
» » Esta ley, sobre todo, tiende a proteger a menores de edad, o personas
» (en
» » su mayoría mujeres) que aun cuando sean mayores de edad, su voluntad se
» » encuentre viciada por violencia física o moral, como presiones,
» amenazas,
» » engaño, etc., para obligarlas a prostituirse.
» »
» » Cómo bien decía por ahi un colega, la prostitución en sí misma no se
» » encuentra prohibida penalmente, sobre todo cuando la persona que la
» ofrece
» » es mayor de edad y no se encuentra sometida a presiones, amenazas,
» etc.,
» » para ejercer su oficio, como sucede con las chicas que aqui se
» anuncian.
» »
» » A continuación les transcribo el artículo 5 de la Ley para Prevenir y
» » Sancionar la Trata de Personas:
» »
» » ARTÍCULO 5.- Comete el delito de trata de personas quien
» promueva,
» » solicite, ofrezca, facilite, consiga,traslade, entregue o reciba, para
» sí o
» » para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o
» moral,
» » engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos
» o
» » servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud,
» » servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
» »
» » Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de
» dieciocho
» » años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender
» el
» » significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá
» » acreditación de los medios comisivos.
» »
» » Para quienes quieran conocer la ley citada, aquí les dejo el link:
» »
» » http://www.ordenjuridico.gob.mx/Federal/PL/CU/Leyes/27112007.pdf
» »
» » Saludos a todos.
» »
» » Fantasmito
hay que esperar la redacción final de la reforma (sigo)
Escrito por un cliente frecuente mas, (hace 5384 días) @ FROZEN
Que tal compañeros:
Por cuanto a la reforma que tanto nos ha alarmado por la posibilidad de que se cierren sitios web como MB (q tantas alegrías nos ha dado a todos), debemos estar muy pendientes de la redacción final del artículo de la reforma, porque en Derecho Penal la descripción que se haga de los delitos es exactamente la que debe practicarse para ser juzgado como culpable, porque si no se realiza una parte de esa descripción, no hay delito.
De lo que leí en la noticia, se está proponiendo que el artículo quede así:
La persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el Artículo 6 de esta ley.
Las conductas de delito de trata de personas, como bien escribió fantasmito, están en el artículo 5º de la Ley Para Prevenir y Sancionar la trata de personas, y esas conductas son:
- promover,
- solicitar,
- ofrecer,
- facilitar,
- conseguir,
- trasladar,
- entregar o
- recibir,
para sí o para un tercero a una persona,
por medio de la violencia
- física o
- moral,
- engaño o
- el abuso de poder
(medios comisivos)
para someterla a
- explotación sexual,
- trabajos o
- servicios forzados,
- esclavitud o
- prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o
- a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Entonces, mientras en los anuncios no se realice ninguna de las conductas enlistadas, ni se usen los medios comisivos apuntados, ni se busque someter a la persona a explotación alguna, no se estaría cometiendo el delito..
Las sanciones están en el artículo 6º de esa ley que son
I. De seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa;
II. De nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;
III. Las penas que resulten de las fracciones I y II de este artículo se incrementarán hasta en una mitad:
a) Si el agente se valiese de la función pública que tuviere o hubiese ostentado sin tener la calidad de servidor público. Además, se impondrá al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; o cuando la víctima sea persona mayor de sesenta años de edad; o se trate de persona indígena;
b) Cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima; además, según las circunstancias del hecho, podrá perder la patria potestad, el derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto a los bienes de ésta.
Conclusión: tranquilos, los anuncios de masajistas, scorts, damas de compañía independientes no están prohibidos, pero hay que esperar a ver cómo queda la redacción final.
Esta es una reforma a esa ley ,hay que ver que criterios se aplican a esta
Escrito por FROZEN, (hace 5384 días) @ un cliente frecuente mas
esta es una reforma a esa ley y nunca se ha dicho que se castiga la prostitucion, si no afecta la publicidad de este tipo de servicios,como menciona en compañero,como se menciono hay que ver que criterios se aplican a esta REFORMA,y sus reglamentos a la publicidad de este tipo ,en medios impresos y electronicos, como sea no se puedes coartar la libertad de expresion,talvez se pueda amparar en base a esto ,pero hay que esperar, no todo esta dicho.
jaja y la crisis nuclear apa,jaja,
Escrito por FROZEN, (hace 5384 días) @ FROZEN
que preocupados estamos ,¿no > jaja,bueno hoy fuen un dia de que hablar :)
MI ESTIMADO WEBMASTER CUAL ES SU OPINION Y POSTURA AL RESPECTO? NOS GUSTARIA CONOCER SUS COMENTARIOS
Escrito por Angelus, (hace 5384 días) @ FROZEN
MI ESTIMADO WEBMASTER CUAL ES SU OPINION Y POSTURA AL RESPECTO> NOS GUSTARIA CONOCER SUS COMENTARIOS
SALUDOS
angelus
El punto de vista de los medios
Escrito por El Embajador, (hace 5384 días) @ FROZEN
Esta mañana se puede leer en el Reforma un comentario de S Sarmiento
Les dejo la liga esperando que funcione
gracias por la informacion embajador
Escrito por Vanessa, (hace 5383 días) @ El Embajador
» Esta mañana se puede leer en el Reforma un comentario de S Sarmiento
»
» Les dejo la liga esperando que funcione
»
» http://www.reforma.com/editoriales/nacional/600/1198634/
»
» www.reforma.com/editoriales/nacional/600/1198634/
como en..
Escrito por Zacek
, (hace 5383 días) @ Vanessa
» » Esta mañana se puede leer en el Reforma un comentario de S Sarmiento
» »
» » Les dejo la liga esperando que funcione
» »
» » http://www.reforma.com/editoriales/nacional/600/1198634/
» »
» » www.reforma.com/editoriales/nacional/600/1198634/
cualquier caso,NO debemos tomarlo a la ligera.:no: pues ya ven:como estamos muy en visperas,del próximo cambio de Gobierno...muchos,intentarán "llevar agua a su pozo".:yes: con aprobación de nuevas leyes y sanciones,para aquellos que intenten quebrantar la Ley y sus diversas variantes.sí,como ya se mencionó:toda publicidad impresa,que conlleve un asunto de explotación sexual,trata de personas y abuso de menores...será castigada con todo rigor y peso de la autoridad.(cárcel)pero,también,NO debemos descuidar lo que puedan disponer y aprobar,con la nueva ley que sanciona este tipo de delitos.más aún,cuando NO mencionaron nada de portales o anuncios de ss en internet.abusados,cuidense y atentos,con cualquier noticia que tenga relevancia con el deporte extremo.
¡ah!,casi lo olvido:Besos y saludos cordiales,Linda Vice.
:flower:




